martes, agosto 21, 2012

Desde otra óptica / La titulación de inmuebles


La titulación de inmuebles, un proyecto a debate

El presidente Danilo Medina plantea un proyecto de ley de Titulación Nacional y una nueva entidad y lo ha declarado como Prioridad Nacional, por lo que será aprobado en poco tiempo. Ante esto, es necesario conocer, expresa Angel R. Espinal, las consecuencias que traería la aprobación del mismo, incluyendo los sectores productivos de la nación. Acento.com.do publica el documento de Espinal que es necesario leer para irse formando un juicio sobre el tema. El agrimensor señala que el proyecto remitido por Medina al Congreso Nacional “atenta contra el derecho adquirido de las personas que tienen inmuebles sin registrar, y también vulnera el derecho de propiedad de los inmuebles ya registrados, ya que el mismo no penaliza las invasiones, más grave aún, fomenta el registro a favor de terceros (invasores) de las propiedades que han sido invadidas”.

Ante un proyecto de ley que aprueba Estrategia Nacional de Titulación de Inmuebles, crea la oficina Nacional de Registro Inmobiliaria

El 16 de agosto del 2012 El presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, sometió al congreso un proyecto de ley el cual plantea un plan de Titulación Nacional, y crea una nueva entidad, La Oficina Nacional de Registro de Inmobiliario (ONARI). Con la creación de esta Oficina, se deja afuera de la Jurisdicción inmobiliaria La Dirección Nacional de Mensuras Catastrales y sus regionales, y La Dirección Nacional de Registro de Títulos y sus oficinas, pasando estas a ser dependientes del poder ejecutivo, lo cual tendría implicaciones muy delicadas para la seguridad jurídica del país.

Dicho proyecto no sólo modifica radicalmente el actual proceso de Registro inmobiliario en la República Dominicana, estableciendo mecanismos para realizar saneamientos de todos los terrenos (terrenos que no están registrados), de manera administrativa a favor del Estado Dominicano, lo cual atenta contra el derecho adquirido de las personas que tienen inmuebles sin registrar, sino que también vulnera el derecho de propiedad de los inmuebles ya registrados, ya que el mismo no penaliza las invasiones, más grave aún, fomenta el registro a favor de terceros (invasores) de las propiedades que han sido invadidas.

El mismo está expresado de tal manera que alguien que no sea conocedor de la materia inmobiliaria, al leerlo le parezca una buena estrategia para resolver los problemas de tierras a nivel nacional, pero en realidad hace todo lo opuesto a esto, es decir, traería más problemas que los que hay actualmente. Se contradice en el Art. 5. Cap. 1. sobre las características y valores que guían la implementación del mismo: Prontitud, Bajo impacto económico, Individualidad, Concluyente, Sostenibilidad y Seguridad Jurídica, cuando la esencia del mismo no cumple con ninguno de estos valores.

Prontitud. Lo expresa al proponer realizar de manera administrativa los procesos de deslinde y saneamiento, lo cual se opone a mantener la seguridad jurídica nacional.


Bajo impacto económico. Va de la mano con la prontitud, de no ser posible cumplir con estos procesos de manera administrativa, es imposible que los costos disminuyan, a menos que sean subsidiados.

Individualidad. Se refiere a que los propietarios puedan iniciar los trámites de registro sin depender del Estado, esto está de más, ya que en la actualidad estos procesos se pueden realizar sin depender del Estado.

Concluyente. Expresa que los nuevos procedimientos deben terminar con un título definitivo, lo que también está de más, porque actualmente los procedimientos presentados ante la jurisdicción inmobiliaria culminan con un título definitivo.

Sostenibilidad. Se refiere a que los nuevos procesos de titulación definitiva no podrán afectar áreas identificadas como de riesgo medioambiental (Áreas protegidas), esto también está vigente en la presente ley por lo que está de más mencionarlo en este proyecto.

Seguridad Jurídica. Al realizar saneamientos de manera administrativa, y fomentar el registro a favor de los invasores, se expresa todo excepto seguridad jurídica.

Es una buena salida para los propietarios que tienen terrenos invadidos, que quieran vender a los invasores, pero los que no quieran vender a los invasores, o sea, quienes quieran conservar un inmueble que le ha sido invadido, estarán sin ningún mecanismo de defensa “legal” para resolver su situación, dejando como única  solución la fuerza bruta (violencia).

Cabe destacar que la aprobación de dicho proyecto traería consigo una gran cantidad de trabajos para los agrimensores, no siendo lo mismo para los abogados, ya que al eliminar las etapas judiciales de los deslindes y saneamientos, estos no tendrían mucha partida en los trabajos inmobiliarios, esta aclaración se hace para que no sea malinterpretada la preocupación de los agrimensores, los cuales manejan bien los términos presentados en el proyecto, y actúan en calidad de propietarios.

El presidente ha declarado este proyecto como Prioridad Nacional, por lo que será aprobado en poco tiempo si no se dan a conocer las consecuencias que traería la aprobación del mismo, ya que quienes aprueban las leyes no tienen amplio conocimiento de la materia.

Lo que debe ser prioridad nacional es que se dé a conocer el proyecto al pueblo, que se haga público y que se exprese en lenguaje llano, que se incluyan las partes afectadas (todos los propietarios de terrenos), antes de ser aprobado.
Agrim. Angel R. Espinal Peralta

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