La titulación de inmuebles, un proyecto a debate
El presidente Danilo Medina plantea un proyecto de
ley de Titulación Nacional y una nueva entidad y lo ha declarado como Prioridad
Nacional, por lo que será aprobado en poco tiempo. Ante esto, es necesario
conocer, expresa Angel R. Espinal, las consecuencias que traería la aprobación
del mismo, incluyendo los sectores productivos de la nación. Acento.com.do
publica el documento de Espinal que es necesario leer para irse formando un
juicio sobre el tema. El agrimensor señala que el proyecto remitido por Medina
al Congreso Nacional “atenta contra el
derecho adquirido de las personas que tienen inmuebles sin registrar, y también
vulnera el derecho de propiedad de los inmuebles ya registrados, ya que el
mismo no penaliza las invasiones, más grave aún, fomenta el registro a favor de
terceros (invasores) de las propiedades que han sido invadidas”.
Ante un proyecto de ley que aprueba
Estrategia Nacional de Titulación de Inmuebles, crea la oficina Nacional de
Registro Inmobiliaria
El 16 de agosto del 2012 El presidente de la República,
Danilo Medina Sánchez, sometió al congreso un proyecto de ley el cual plantea
un plan de Titulación Nacional, y crea una nueva entidad, La Oficina Nacional
de Registro de Inmobiliario (ONARI). Con la creación de esta Oficina, se deja
afuera de la Jurisdicción inmobiliaria La Dirección Nacional de Mensuras
Catastrales y sus regionales, y La Dirección Nacional de Registro de Títulos y
sus oficinas, pasando estas a ser dependientes del poder ejecutivo, lo cual
tendría implicaciones muy delicadas para la seguridad jurídica del país.
Dicho proyecto no sólo modifica radicalmente el
actual proceso de Registro inmobiliario en la República Dominicana,
estableciendo mecanismos para realizar saneamientos de todos los terrenos
(terrenos que no están registrados), de manera administrativa a favor del
Estado Dominicano, lo cual atenta contra el derecho adquirido de las personas
que tienen inmuebles sin registrar, sino que también vulnera el derecho de
propiedad de los inmuebles ya registrados, ya que el mismo no penaliza las
invasiones, más grave aún, fomenta el registro a favor de terceros (invasores)
de las propiedades que han sido invadidas.
El mismo está expresado de tal manera que alguien
que no sea conocedor de la materia inmobiliaria, al leerlo le parezca una buena
estrategia para resolver los problemas de tierras a nivel nacional, pero en
realidad hace todo lo opuesto a esto, es decir, traería más problemas que los
que hay actualmente. Se contradice en el Art. 5. Cap. 1. sobre las
características y valores que guían la implementación del mismo: Prontitud,
Bajo impacto económico, Individualidad, Concluyente, Sostenibilidad y Seguridad
Jurídica, cuando la esencia del mismo no cumple con ninguno de estos valores.
Prontitud.
Lo expresa al proponer realizar de manera administrativa los procesos de
deslinde y saneamiento, lo cual se opone a mantener la seguridad jurídica
nacional.
Bajo
impacto económico. Va de la mano con la prontitud, de
no ser posible cumplir con estos procesos de manera administrativa, es
imposible que los costos disminuyan, a menos que sean subsidiados.
Individualidad.
Se refiere a que los propietarios puedan iniciar los trámites de registro sin
depender del Estado, esto está de más, ya que en la actualidad estos procesos
se pueden realizar sin depender del Estado.
Concluyente.
Expresa que los nuevos procedimientos deben terminar con un título definitivo,
lo que también está de más, porque actualmente los procedimientos presentados
ante la jurisdicción inmobiliaria culminan con un título definitivo.
Sostenibilidad.
Se refiere a que los nuevos procesos de titulación definitiva no podrán afectar
áreas identificadas como de riesgo medioambiental (Áreas protegidas), esto
también está vigente en la presente ley por lo que está de más mencionarlo en
este proyecto.
Seguridad
Jurídica. Al realizar saneamientos de manera
administrativa, y fomentar el registro a favor de los invasores, se expresa
todo excepto seguridad jurídica.
Es una buena salida para los propietarios que
tienen terrenos invadidos, que quieran vender a los invasores, pero los que no
quieran vender a los invasores, o sea, quienes quieran conservar un inmueble
que le ha sido invadido, estarán sin ningún mecanismo de defensa “legal” para
resolver su situación, dejando como única
solución la fuerza bruta (violencia).
Cabe destacar que la aprobación de dicho proyecto
traería consigo una gran cantidad de trabajos para los agrimensores, no siendo
lo mismo para los abogados, ya que al eliminar las etapas judiciales de los
deslindes y saneamientos, estos no tendrían mucha partida en los trabajos
inmobiliarios, esta aclaración se hace para que no sea malinterpretada la
preocupación de los agrimensores, los cuales manejan bien los términos
presentados en el proyecto, y actúan en calidad de propietarios.
El presidente ha declarado este proyecto como
Prioridad Nacional, por lo que será aprobado en poco tiempo si no se dan a
conocer las consecuencias que traería la aprobación del mismo, ya que quienes
aprueban las leyes no tienen amplio conocimiento de la materia.
Lo que debe ser prioridad nacional es que se dé a
conocer el proyecto al pueblo, que se haga público y que se exprese en lenguaje
llano, que se incluyan las partes afectadas (todos los propietarios de
terrenos), antes de ser aprobado.
Agrim.
Angel R. Espinal Peralta
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