Aclara que la JCE decidió no limitar la
iniciativa
y defiende la legalidad de la misma
El Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) dio
a conocer en rueda de prensa su decisión de realizar una encuesta a boca de
urnas el próximo 20 de mayo, día en que serán celebradas las elecciones
presidenciales. Dicha encuesta será realizada por la firma GALLUP Dominicana y
contará con una muestra de 7,000 entrevistados seleccionados de manera
aleatoria a nivel nacional.
Sobre la decisión de la Junta Central Electoral (JCE),
Manuel Diez Cabral, Presidente del CONEP señaló que en la comunicación que le
remitiera el Presidente de dicha entidad
queda claramente establecido que la Junta no limitará la iniciativa de la cúpula
empresarial. Indicó que aunque el Presidente de la JCE señaló en su
comunicación del pasado 12 de mayo “que por razones estrictamente legales,
existen restricciones a una posible autorización”, en la misma aclara y ratifica lo expresado durante la visita
realizada el jueves 10 de mayo que no está en el ánimo de la JCE limitar los
derechos que corresponden al CONEP, lo que abre el camino para que se haga la
encuesta.
La cúpula empresarial informó, además, que la razón
por la que buscó la no objeción de la Junta Central Electoral fue con el fin
esencial de garantizar que los encuestadores no fueran obstaculizados durante
el momento de recoger las muestras, y en
ese sentido el Presidente de la JCE dio garantías de seguridad tanto al CONEP
como a GALLUP Dominicana a través de la Policía Electoral.
La entidad reiteró que la realización de la Encuesta a
Boca de Urnas forma parte del compromiso del sector empresarial en desarrollar
acciones orientadas al fortalecimiento del sistema democrático e institucional;
y afirmó que esta iniciativa constituye un aporte adicional que complementa
todas las acciones y procesos desarrollados por la JCE destinadas a garantizar
la transparencia y confiabilidad de las elecciones venideras, por lo que la
organización empresarial aseguró que no divulgará los resultados de dicho
sondeo hasta la emisión del boletín electoral final por parte de dicho
organismo.
FUNDAMENTO LEGAL
Sobre los cuestionamientos legales surgidos a la
iniciativa la cúpula empresarial afirmó que realizó las evaluaciones jurídicas
correspondientes y elaboró un documento técnico de análisis que fundamenta su
posición, el cual fue compartido con la
Junta Central Electoral, y sirvió para flexibilizar la posición de algunos de
los integrantes del Pleno del órgano comicial durante las extensas jornadas de
intercambio con los miembros de la JCE.
El CONEP aclaró que “si el numeral 14 del artículo 174
de la Ley Electoral prohibiera las
encuestas a boca de urna por tratarse de un mecanismo para “preguntar o
investigar por quien votó el ciudadano”, bajo la interpretación estricta de
esa disposición estarían prohibidas las encuestas electorales de cualquier tipo
pues también estaría prohibido “preguntar
o investigar por quien se propone dar su voto el elector”, que es lo que se
pregunta en las encuestas que se realizan antes de las elecciones”.
Para la
entidad empresarial, lo que prohíbe la ley es que cualquier persona pueda ser
grabada, fotografiada o espiada durante el acto de votación, y protegiendo la
privacidad durante el momento del rayado de la boleta, para así garantizar el
secreto del voto. La cúpula empresarial
recordó que las encuestas a boca de urna son instrumentos científicos de
medición que recogen muestras aleatorias y que en las mismas no se registra la
identidad de los electores, lo que garantiza la
confidencialidad del voto. También destacó que la participación en la misma por
parte de cualquier elector es meramente voluntaria.
Esperamos que quede definitivamente zanjado el tema de la interpretación
legal en relación a las encuestas de boca de urna de forma en que el
precedente histórico establecido por la JCE en el 2004 no vuelva a ser
cuestionado en ningún proceso electoral venidero.
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