viernes, abril 05, 2013

Desde mi estudio / Negociar el salario mínimo

La distancia entre obreros y patronos
A inicios de semana las centrales sindicales introdujeron, ante el Comité Nacional de Salarios, una propuesta: 30% de aumento en el salario mínimo vigente y un 25% para los que sobrepasen el monto mínimo (Ver: Página MT - Noticias).

Patronos y sindicalistas.
De entrada, el Comité Nacional de Salarios no está facultado para conocer de modificaciones que sobrepasen el monto mínimo.  Se limita a ser un organismo encargado del establecimiento de los salarios mínimos en la República Dominicana. El mencionado comité está formado por el Poder Ejecutivo, y por los vocales especiales que actúan en el mismo en representación de patronos y trabajadores,  para la salvaguardia de sus legítimos intereses.

Simultáneamente, trabajadores y patronos han continuado conversaciones que llaman “bipartidistas”, por no encontrarse ningún representante del Poder Ejecutivo.

La última de estas conversaciones se sostuvo ayer –casi junto a mis oficinas- en el local de la Confederación Patronal de la República Dominicana (COPARDOM). Los patronos ofertaron un 8.8% de incremento en los salarios mínimos vigentes. Los sindicalistas –unos más molestos, otros menos- reaccionaron rechazando dicha propuesta y ratificando su petición al Comité Nacional de Salarios de que se reúna y discuta el tema.

La propuesta patronal parte de la inflación acumulada “en los últimos veinte meses”, según dijeron en rueda de prensa (es decir, desde junio del 2011 a febrero del presente año, se carece del dato de marzo).

En qué proporción se elevarían las categorías vigentes

Fue el 1 de junio del 2011 la fecha en que entró en vigencia un aumento a los salarios mínimos para el sector privado no sectorizado, según la resolución del Comité Nacional de Salarios. El cuadro siguiente indica cuál sería, por categoría, el nuevo salario mínimo vigente si los trabajadores hubiesen aceptado la propuesta patronal y si se hiciese el ajuste planteado por los sindicatos.

Categoría (en RD$)
Junio del 2011
Propuesta patronal
Propuesta Sindical
Primera categoría no sectorizada (*)
9,905.00
10,766.40
12,876.50
Segunda categoría no sectorizada
6,810.00
7,409.28
8,853.00
Tercera categoría no sectorizada
6,035.00
6,566.08
7,845.5
(*) La primera categoría, a la que hemos aludido, se aplica a aquellas empresas cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ambos elementos, igualen o excedan de la cifra de cuatro millones de pesos dominicanos. La segunda categoría corresponde a empresas que caen entre los dos grupos mencionados. La tercera categoría aplica a empresas cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ambos elementos, no excedan de la cifra de dos millones de pesos dominicanos.

Como puede notarse, la distancia es significativa. La negociación será difícil. Los trabajadores no aceptan el argumento de inflación acumulada, sobre todo por el hecho de que este criterio no hace distinción entre los distintos quintiles de la población y porque, además, lo estipulado no se acerca al costo de la canasta alimenticia. A negociar… (y si neg-ocio, es la negación del ocio, a trabajar para lograr un acuerdo).

Buen fin de semana.


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