La distancia entre obreros y patronos
A inicios de semana las centrales sindicales introdujeron, ante el Comité
Nacional de Salarios, una propuesta: 30% de aumento en el salario mínimo
vigente y un 25% para los que sobrepasen el monto mínimo (Ver: Página
MT - Noticias).
Patronos y sindicalistas. |
Simultáneamente,
trabajadores y patronos han continuado conversaciones que llaman “bipartidistas”,
por no encontrarse ningún representante del Poder Ejecutivo.
La
última de estas conversaciones se sostuvo ayer –casi junto a mis oficinas- en
el local de la Confederación Patronal de la República Dominicana (COPARDOM).
Los patronos ofertaron un 8.8% de incremento en los salarios mínimos vigentes.
Los sindicalistas –unos más molestos, otros menos- reaccionaron rechazando
dicha propuesta y ratificando su petición al Comité Nacional de Salarios de que
se reúna y discuta el tema.
La
propuesta patronal parte de la inflación acumulada “en los últimos veinte meses”,
según dijeron en rueda de prensa (es decir, desde junio del 2011 a febrero del
presente año, se carece del dato de marzo).
En
qué proporción se elevarían las categorías vigentes
Fue
el 1 de junio del 2011 la fecha en que entró en vigencia un aumento a los
salarios mínimos para el sector privado no sectorizado, según la resolución del
Comité Nacional de Salarios. El cuadro siguiente indica cuál sería, por
categoría, el nuevo salario mínimo vigente si los trabajadores hubiesen
aceptado la propuesta patronal y si se hiciese el ajuste planteado por los
sindicatos.
Categoría
(en RD$)
|
Junio
del 2011
|
Propuesta
patronal
|
Propuesta
Sindical
|
Primera
categoría no sectorizada (*)
|
9,905.00
|
10,766.40
|
12,876.50
|
Segunda
categoría no sectorizada
|
6,810.00
|
7,409.28
|
8,853.00
|
Tercera
categoría no sectorizada
|
6,035.00
|
6,566.08
|
7,845.5
|
(*)
La primera categoría, a la que hemos aludido, se aplica a aquellas empresas
cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ambos elementos, igualen o
excedan de la cifra de cuatro millones de pesos dominicanos. La segunda
categoría corresponde a empresas que caen entre los dos grupos mencionados. La
tercera categoría aplica a empresas cuyas instalaciones o existencias, o el
conjunto de ambos elementos, no excedan de la cifra de dos millones de pesos
dominicanos.
Como
puede notarse, la distancia es significativa. La negociación será difícil. Los
trabajadores no aceptan el argumento de inflación acumulada, sobre todo por el
hecho de que este criterio no hace distinción entre los distintos quintiles de
la población y porque, además, lo estipulado no se acerca al costo de la
canasta alimenticia. A negociar… (y si neg-ocio, es la negación del ocio, a
trabajar para lograr un acuerdo).
Buen
fin de semana.
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