miércoles, mayo 22, 2013

Divulgando / "Ombuds-woman"

Defensoría del pueblo

Zoila Martínez de Medina fue designada "Defensora del Pueblo".
Tradicionalmente se le conoce como OMBUDSMAN, pero como en el caso dominicano se eligió a una mujer le voy a llamar "Ombudswoman".
Y es simple divulgación a partir de una publicación de Participación Ciudadana en el año 2002. Se trata de una figura de la democracia.

Origen y características

No es un extraterrestre. No se trata de un héroe de televisión. No lucha en pareja con Supermán, Batman, el Hombre Araña, Rambo o cualquier otro fruto de la imaginación plasmado en el cine.
Es una figura terrestre, que proviene del derecho ciudadano a protegerse de los abusos de poder y de malas administraciones.
Significa "representante, mediador, mensajero". Y en este caso: mediadora, mensajera...doña Zoila.
Es una institución estatal, pero no del Gobierno.

Entre las características que reúne o ha de reunir doña Zoila, se señalan:

  • Es electo/a por el Congreso;
  • Se supone absolutamente independiente de grupos de poder político, económico, social, gobiernos municipales, funcionarios públicos y empresas que prestan servicios públicos, transnacionales o no;
  • Actuar apegada a la Ley;
  • Debe buscar que las administraciones que fiscaliza actúen apegadas a la Ley;
  • Accesible al ciudadano/a común;
  • Impulsa procesos de construcción de ciudadanía;
  • Es una servidora;
  • Debe ser confiable y transparente en sus acciones.


Misión de doña Zoila
La actual ombudswoman tiene como misión, lo siguiente:

  • Accionar para el fortalecimiento del Estado de Derecho y la gobernabilidad;
  • Defender las garantías constitucionales;
  • Investigar y canalizar las denuncias y peticiones de los ciudadanos;
  • Ser enlace de la ciudadanía y la administración pública;
  • Mediadora y generadora de diálogo;
  • Promover y defender los derechos humanos;
  • Impulsar la creación de la cultura democrática;
  • Fortalecer instituciones estatales;
  • Velar para que las acciones de los funcionarios públicos no excluyan o perjudiquen a la ciudadanía.


Pero también hay cosas que doña Zoila, nuestra Ombudswoamn, no puede hacer:

  • No puede colocarse por encima de las leyes;
  • No puede sustituir a ningún poder del Estado;
  • No puede actuar de espaldas a la ciudadanía (algo así como actuar en componendas);
  • No puede actuar sin pruebas.

Cuál es su objetivo?
"Proteger las prerrogativas personales y colectivas de los ciudadanos establecidas en la Constitución de la República y velar por el buen funcionamiento de la administración pública, apegándola a las leyes, la transparencia y a los principios generales del derecho".

Esta dama tendrá cinco adjuntos que estarán dedicados a áreas específicas: derechos humanos, medio ambiente, asuntos de la mujer, asuntos de la niñez y la juventud, y protección del consumidor.

Por el bien de todos, deseamos éxito a doña Zoila.




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